¿Cómo compartir correctamente el DNI manteniendo la Privacidad de Datos?
Publicado el jueves, 27 de febrero de 2025
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) considera el DNI como un dato personal, ya que puede identificar a una persona. Sin embargo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) señala que, si el DNI se publica sin estar vinculado a otros datos personales, su clasificación como dato personal puede variar. Aun así, sigue siendo información sensible y debe protegerse conforme a la normativa vigente para evitar riesgos como el robo de identidad.
Para publicar un DNI sin infringir la normativa, la AEPD recomienda su anonimización, lo que implica ocultar la mayor parte de los dígitos y dejar visibles solo algunos intermedios. Esto es especialmente relevante en listados académicos o administrativos. Además, si alguien encuentra su DNI publicado en Internet sin su consentimiento, debe denunciarlo a la AEPD, solicitar su eliminación en la web y, en casos de posible suplantación, contactar a las autoridades competentes.
El DNI electrónico (DNIe) añade una capa de seguridad en la identificación digital, permitiendo autenticación y cifrado en transacciones electrónicas. Al igual que el DNI físico, está protegido por la legislación de datos personales. Forlopd, empresa especializada en cumplimiento normativo, ofrece asesoría para garantizar que empresas y particulares cumplan con la normativa de protección de datos.
27/02/2025 08:17 | Forlopd_Privacidad