Cerrar

Medidas fiscales para afrontar la DANA

Departamento Tributario GB Consultores

GB Consultores

GB Consultores

Publicado el viernes, 08 de noviembre de 2024 a las 13:42

Mostrar ampliado

Fiscalidad DANA

Fiscalidad DANA_GB Consultores

Desde el Área Tributaria de GB Consultores presentamos las medidas fiscales adoptadas para paliar los efectos de los contribuyentes con residencia o titularidad de inmuebles y establecimientos empresariales en los municipios afectados por la DANA. Estas medidas se han publicado en el Boletín Oficial del Estado en el Real Decreto-ley 6/2024 contemplando, entre otros, medidas fiscales y tributarias adoptadas a causa de catástrofe que ha perjudicado a más de 70 municipios. 

Descarga anexo de todos los municipios valencianos afectados.

Resumen, de forma esquemática, de las medidas adoptadas:

Procedimientos tributarios

A efectos de procedimientos tributarios en curso para obligados tributarios con volumen de operaciones < 6.010.121,04 o sin actividad económica:

  • Ampliación de plazos para declaraciones, registros de facturación, atención de requerimientos tributarios.
  • Aplazamientos de deudas estatales (hasta 50.000 euros).
  • Duración de procedimientos tributarios y revisión.
  • Inembargabilidad de ayudas.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

  • Exención de cuotas de 2024 para inmuebles en áreas afectadas, con realojamiento o pérdidas agrícolas/ganaderas sin cobertura aseguradora.
  • Devolución de cuotas ya pagadas si corresponde.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

  • Reducción de cuotas en 2024:
    • Afecta a negocios dañados que debieron realojarse o cerrar temporalmente.
    • Reducción proporcional al tiempo de cese; exención de recargos autorizados.

Impuesto sobre la Renta (IRPF)

  • Exención de ayudas por daños personales.
  • Reducción de índices de rendimiento neto para actividades agrarias afectadas en 2024.
  • Ampliación del segundo plazo IRPF 2023: Extensión hasta el 5 de febrero de 2025.

Exenciones en Tasas de Jefatura de Tráfico y DNI

  • Bajas de vehículos dañados y duplicados de permisos destruidos.
  • Exención en tasas de DNI hasta el 30 de enero de 2025 para afectados. 

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados

  • Exención de escrituras de moratorias de préstamos/hipotecas afectadas por DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.


Si precisa asesoramiento financiero o tributario, puede contactar con nosotros en [email protected] o a través de www.gb-consultores.es/contacto/

Acceso a noticia

702 visitas

Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecerte toda la funcionalidad y una mejor experiencia, obtener estadísticas de tráfico, analizar el uso de la web y mejorar nuestros servicios.
Tienes disponible aquí nuestra política de cookies.
Puedes aceptar todas nuestras cookies pulsando el botón 'ACEPTAR' o configurar aquí tus preferencias.

Estrictamente necesarias +

Estas cookies son necesarias ya que permiten que el sitio web funcione correctamente, no se pueden desactivar.

Estadísticas +

Son las cookies que utilizamos exclusivamente con fines estadísticos para poder analizar cómo los usuasrios hacen uso de la web. Recopila información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares. Activar estas cookies nos permite seguir mejorando.

Funcionales +

Estas cookies son necesarias para el intercambio y presentación de contenidos de plataformas externas como youtube o de redes sociales como facebook, twitter o linkedin.

Marketing y publicidad +

Estas se utilizan para crear perfiles de usuario y analizar la efectividad de campañas publicitarias o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares..

GUARDAR AJUSTESACEPTO