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Ayudas para la constitución de nuevas cooperativas (2022)

Ayudas a cooperativas de GVA Economía

Oficina d’Informació i Orientació Cooperativa OFICOOP

Oficina d’Informació i Orientació Cooperativa OFICOOP

Publicado el viernes, 04 de febrero de 2022 a las 12:51

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Ayudas a la constitución

Ayudas a la constitución

AYUDAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE NUEVAS COOPERATIVAS (ESCREA CONVOCATORIA 2022)

Beneficiarios

Nuevas cooperativas y Sociedades laborales constituidas durante el segundo semestre de 2021 o en 2022 con anterioridad a la presentación de la solicitud

Objeto de la ayuda

Ayudas destinadas a la subvención de los gastos de constitución y puesta en marcha de nuevas cooperativas constituidas en el ejercicio correspondiente.

Importe y características de la subvención

Gastos subvencionables (art. 18 Orden 11/2019):

  1. Otorgamiento de la escritura pública de constitución de la empresa y obtención de copias notariales.
  2. Otorgamiento de la escritura pública de poder, y obtención de copias autorizadas y simples de la misma.
  3. Inscripción en el Registro Mercantil de las anteriores, cuando la inscripción en dicho registro sea preceptiva.
  4. Obtención de permisos oficiales, cualquiera que sea la Administración u organismo público u oficial que los expida, así como de dictámenes o informes técnicos elaborados por empresas o profesionales, cuando unos u otros sean preceptivos para la ocupación o apertura del establecimiento o centro de trabajo de la nueva empresa.
  5. Asesoramiento y asistencia técnica, prestados por profesionales o empresas consultoras, para la redacción de los estatutos de la entidad y, en su caso, del Reglamento de Régimen Interno de la misma, así como para la realización, de los trámites oficiales necesarios para la constitución, inscripción registral, apertura de centros de trabajo e inicio de la actividad de la empresa.
  6. Titulación pública, e inscripción en el Registro de la Propiedad, del derecho real o de arrendamiento a que se refiere el párrafo segundo del apartado 4, letra g del artículo 16, cuando se inscriba en favor de la nueva empresa.
  7. Cuotas iniciales, o de alta, o primera mensualidad o recibo bimestral o trimestral, correspondientes a contratos de suministro.

También serán subvencionables los anteriores gastos, cuando sean originados por una operación de fusión de dos o más empresas beneficiarias, por la absorción, por una empresa beneficiaria, de otra u otras de distinta naturaleza o por la creación de grupos cooperativos cuya cabecera sea una entidad cooperativa.

Importe de las ayudas:

  • Máximo 4.000 € por cooperativa.
  • Hasta 6.000 € si es una cooperativa de trabajo asociado constituida por cuatro o más personas socias trabajadoras o de trabajo.
  • Hasta 6.000 € cuando se trate de fusiones, absorciones o creación de grupos cooperativos.

 

Presentación de solicitudes

  • Fecha presentación: Desde el 31/01/2022 hasta el 30/06/2022
  • Fecha justificación: Hasta el 02/11/2022.

Más información y condiciones especiales

DOGV – Resolución de la convocatoria 2022

Orden 11/ 2019 - Bases reguladoras de ayudas a cooperativas.

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